¿Estás pensando en montar tu propio bufete? La nueva Ley Crea y Crece permite crear una SL desde un euro de capitalización inicial. Un nuevo entorno normativo que, junto a viejos aliados del autoempleo como la capitalización del paro, facilitan el acceso al despacho propio del abogado.
Por decisión propia o por obligación, una de las grandes ventajas del abogado es poder acceder a su independencia económica a través de un despacho propio. Te explicamos cómo abordar esta inversión definitiva para tu futuro profesional sacando el mayor provecho a la Ley Crea y Crece, el pago único del desempleo o los buscadores de subvenciones y ayudas.
En 2022, un total de 6.731 graduados en Derecho se presentaron a la Prueba de Acceso a la Abogacía, y en 2021, según el Censo Numérico del Consejo General Abogacía Española, en España había un total de 154.314 abogados ejercientes y 144.642 residentes.
La abogacía es una de las profesiones con más tradición en España, y también una de las que más salidas profesionales ofrece. Hoy, el canal #SoyAutónomo de Mutualidad de la Abogacía presta atención a quienes tienen la audacia de establecerse por su cuenta, pero centrándonos en la parte más dolorosa del proceso: la financiación del despacho de abogado.
Ahora, dando por hecho que tienes claro que no puedes empezar a trabajar en tu proyecto sin haber buscado consejo de varios colegas curtidos en estas lides, y de que no eres tan kamikaze como para embarcarte sin un buen plan de negocio, nos centramos en la necesaria inversión.
Un mínimo del 60% de recursos propios
Se trata de una financiación necesaria no solo para poner en marcha el bufete, sino para sostener los gastos hasta que el negocio empiece a andar. Y toma nota de este punto, muchos negocios viables en el corto plazo mueren ahogados, por no tener previsto este margen de maniobra que les permita la respiración asistida durante al menos el primer año de vida.
La leyenda urbana habla de startups de garaje que arrancan con cero inversión y mucha ilusión. Como abogado necesitarás hacer acopio de toda la ilusión y empeño posibles, pero también de todos los fondos propios a los que tengas acceso. Recuerda que el del abogado es un negocio de confianza, y parte de ella se gana ofreciendo una imagen profesional desde el minuto uno.
Por eso es tan importante haber hecho los deberes primero: sí, hablamos de ahorro o ayuda familiar. Debes contar con un mínimo de recursos propios, la recomendación del Consejo General de Abogacía Española es que sea del 60% de la inversión inicial estimada, y busques el 40% restante.
Más abajo, recordaremos las vías de financiación comercial habituales, pero para alcanzar ese porcentaje de recursos propios que permita abordar el reto con holgura, siempre se puede recurrir a las célebres tres efes: Friend, family and fool”. La familia, amigos y ‘locos’, entendidos como aquellas personas capaces de apostar por un nuevo proyecto sin exigir muchas garantías, son una vía muy realista para completar el mix financiero.
Otro de los clásicos es el socio capitalista, puedes dar entrada a un socio cediéndole parte del accionariado.
Capitalización del desempleo
Muchos abogados deciden dar el salto al emprendimiento tras haber tenido experiencia trabajando para otros despachos u empresas.
Al bagaje experiencial acumulado, sin duda un factor importante de éxito, pueden sumar ser beneficiarios de la prestación por desempleo. Y aquí, el SEPE ofrece la opción de capitalizarla, es una de las vías más ventajosas de financiación adicional a la hora de establecerse por cuenta propia.
- Hay varios supuestos de solicitud:
- Darte de alta como autónomo o autónoma. El solicitante puede beneficiarse en un solo pago de la entrega del cien por cien de la prestación que le quede por percibir. Si no te interesa un pago único, también puedes capitalizar una parte de la prestación y solicitar simultáneamente el abono mensual del importe restante en cuotas a la Seguridad Social.
- También es posible capitalizar el cien por cien del paro para entrar como socio en una entidad mercantil, tu bufete. El dinero recibido puede servir de aportación al capital social, para los gastos de constitución y el pago de las tasas y tributos correspondientes. También cubre gastos de puesta en funcionamiento para el acondicionamiento del local, pago de franquicia, traspaso, gastos de alta de suministros, etc.
- Como socio o trabajador estable en una cooperativa o como socio o trabajador en sociedad laboral. En ambos casos, siempre de modo estable.
- En cualquiera de los casos, una vez recibido el pago, se debe iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes.
- El SEPE ofrece información muy clara sobre las condiciones para capitalizar tu prestación como autónomo y/o emprendedor.
- Se puede solicitar a través de la sede electrónica o con cita previa.
Ley de Creación y Crecimiento de Empresas
Más conocida como Ley Crea y Crece, está vigente desde el pasado 19 de octubre. Su principal objetivo es agilizar la constitución de nuevas sociedades mercantiles y para ello trata de allanar los diferentes obstáculos regulatorios y económicos.
- Constitución de Sociedades de Responsabilidad Limitada a un euro. Sin duda la medida más llamativa es este alineamiento de España con otros países europeos en los que no existe capital mínimo para constituir el régimen societario más básico. Y el cambio es radical, de los 3.000 euros de capital mínimo que exigía la anterior ley al euro de la actual. Aunque conviene conocer la letra pequeña.
Quien se acoja a este procedimiento tendrá la obligación de reservar un mínimo del 20% de los beneficios a la ‘reserva legal’, hasta que junto al capital social sume los 3.000 euros de valor.
En el supuesto de producirse una liquidación, si el patrimonio de la sociedad no fuera suficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de 3.000 euros y la cifra del capital suscrito.
- Simplificación del papeleo de constitución. La otra buena noticia es que se agilizan y digitalizan todos los procesos de creación a través del Centro de Información y Red de Creación de Empresas, el CIRCE, y el Documento Único Electrónico (DUE).
A este respecto, los notarios y demás asesores intermediarios que participen en la creación de estas empresas, deberán informar al emprendedor de las ventajas de utilizar el citado CIRCE y el Punto de Atención al Emprendedor, las ventanillas únicas electrónicas o presenciales, a través de las que se pueden realizar trámites para el inicio, ejercicio y cese de la actividad empresarial. Si te interesa buscar la PAE más cercana, sigue el enlace.
Otras ayudas y subvenciones
Las asesorías legales, fiscales y contables también pueden beneficiarse de subvenciones a la creación de empresas. La recomendación aquí es considerar el acceso a estos fondos como una ayuda para el proceso, pero sin que su viabilidad dependa de ellos.
Ayuntamiento, cámaras de comercio y, muy importante, comunidades autónomas son las principales fuentes de información de unos procedimientos mayormente farragosos, pero nunca lo suficiente para que un letrado los surfee sin dificultad.
Para empezar con la búsqueda aquí tienes algunos enlaces de utilidad.
- El Portal Pyme ofrece mucha información en un buscador desgraciadamente poco intuitivo.
- Ayudas de las comunidades autónomas. El SEPE agrupa la información en esta dirección, con enlaces que apuntan a cada comunidad.
- Ayudas financieras ICO.
- Fondos UE. La Unión Europea tiene habilitado este buscador de ayudas, en muchos casos enfocadas a la innovación.
Financiación comercial
Es un complemento necesario para una mayoría de emprendedores. Cuando no se cuenta con ahorros propios ni apoyos familiares, toca llamar a la puerta de las entidades financieras.
Pero recuerda que para que intereses y comisiones no conviertan en inviable tu aventura empresarial, esta vía de financiación nunca debería representar más del 40% de la inversión inicial prevista, incluido el margen de maniobra que te permita afrontar los costes fijos hasta que lleguen los cobros.
Préstamo, cuenta de crédito (la mayoría de entidades tienen un servicio especial destinado a emprendedores), leasing y/o renting (práctico para asumir los costes de mobiliario y equipamiento electrónico como ordenadores, impresoras, centralita…) son las herramientas que tu bancario ofrecerá cuando le pidas consejo.
También conviene prestar atención a las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR), cuya razón de ser es ofrecer crédito en mejores condiciones, con especial atención a pyme y autónomos. Cómo sabes, su área de actuación es territorial (en algunos casos sectorial). En Cesgar puedes acceder a toda la información.
Si bien no es muy habitual en el mundo legal, algunos proyectos podrían optar a otra vía cada vez menos novedosa, la del crowdfunding. El capítulo V de la Ley Crea y Crece también introduce un nuevo régimen jurídico para estas plataformas de financiación participativa, que entra en vigor desde este 10 de noviembre.