Hemos comentado en otras ocasiones en nuestro blog cómo las rentas vitalicias aseguradas están adquiriendo más peso como sistema de previsión complementario (ante la insostenibilidad del sistema público de pensiones). Los datos lo confirman: 26.711 personas mayores de 65 años transformaron en 2018 el dinero logrado con la venta de algún elemento patrimonial en una fuente garantizada de ingresos de por vida según publicó Unespa.
De hecho, esos datos confirman que las rentas vitalicias y temporales constituyen el producto más relevante en términos de ahorro gestionado, acumulando unas provisiones técnicas de 88.383 millones de euros, un 1,31 % más que un año atrás. ¿Qué hace este producto tan atractivo? Te lo contamos.
Tranquilidad y calidad de vida en la vejez
Mantener nuestro nivel de vida en el futuro, con la tranquilidad de saber que podremos cubrir los riesgos inherentes a la longevidad. Esta es quizás la mayor aspiración de las personas que se acercan a jubilación. En definitiva, aspiran a afrontar con tranquilidad y seguridad esa última etapa de su vida.
Ello, unido sin duda a la ventaja fiscal que poseen, hace de las rentas vitalicias aseguradas un producto complementario de ahorro-jubilación muy atractivo. Recordemos de qué se trata: si eres una persona mayor de 65 años, supone transformar el dinero obtenido por la venta de algún elemento patrimonial, como una segunda vivienda, fondos de inversión o acciones, en una fuente garantizada de ingresos de por vida.
Es decir, la persona se asegura de que no sobrevivirá a sus ahorros, garantizándose un nivel de vida, viva el tiempo que viva.
Ventajas fiscales
La renta vitalicia remunerada siempre ha tenido ventajas fiscales, pero desde la reforma fiscal de 2015 estas se han acentuado. En concreto, las ganancias que se obtienen por la venta de elementos patrimoniales están exentas de tributación si se constituye una renta vitalicia.
¿El límite? 240.000 euros es la cantidad máxima sobre la que se puede aplicar dicha exención. Si en algún momento incumplimos las condiciones de este producto o solicitamos la anticipación total o parcial, perderíamos esa ventaja fiscal y deberíamos pagar impuestos por la ganancia patrimonial que hayamos obtenido en ese momento.
En cuanto al porcentaje de retención sobre la renta en la renta vitalicia inmediata, depende de la edad del asegurado en el momento de constitución de la renta y permanecerá constante durante toda su vigencia. Cuanto mayor sea, menos impuestos pagará. Dicho porcentaje va desde el 40 %, si el perceptor tiene menos de 40 años, hasta el 8 % si supera los 70 años.
Renta Vitalicia Remunerada
En la Mutualidad hemos creado la Renta Vitalicia Remunerada pensando en aquellas personas que tienen un capital y quieren protegerlo, beneficiándose a la vez de una alta rentabilidad y asegurándose unos ingresos periódicos. También se adapta a quienes quieren aumentar la renta vitalicia que ya están percibiendo como pensionistas del Plan Universal.
Y como sabemos que las necesidades de cada persona pueden ser muy diferentes, te ofrecemos cinco modalidades de renta para que elijas la que mejor se adapte a ti.
Renta Patrimonio 65
Además, si tienes 65 años o más, la Mutualidad ha diseñado para ti el Seguro Renta Patrimonio 65, para que puedas convertir en renta vitalicia la venta de inmuebles, fondos de inversión o acciones… Y lo mejor es que ¡no tributarás por las ganancias obtenidas!