Información sobre la pensión esperada

Ante las recientes reformas legislativas en materia de pensiones y la evolución de las principales magnitudes económicas y demográficas, resulta imprescindible que el ciudadano tenga a su alcance toda la información.

La Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, entre otras relevantes novedades, establece el deber de informar a los cotizantes del sistema público, a los asegurados de productos de ahorro-jubilación y a los partícipes de planes de pensiones privados acerca de su pensión esperada, de tal forma que el ciudadano pueda disponer de información completa, clara, accesible y suficiente para conocer, o al menos poder estimar, el nivel de ingresos que tendrá una vez jubilado y así poder tomar las decisiones de ahorro previsional necesarias conforme a sus necesidades futuras.

Sin embargo, esta iniciativa no se ha visto materializada hasta la fecha, de tal forma que tanto instituciones públicas como privadas siguen sin informar al ciudadano de su pensión futura estimada pese a que, según datos de Inverco, aunque solo un 22 % de los españoles conoce la existencia de esta ley, el 96 % considera que el Estado debería informarle de manera anticipada y periódica.

Ante esta realidad, la OCDE sigue insistiendo en la necesidad de informar sobre la cuantía de jubilación, una información que ya suministran hasta diez países de la Unión Europea. De hecho, la OCDE en su decálogo de buen diseño de planes de pensiones contempla como hitos fundamentales no solo el habitual “animar a los ciudadanos para que aporten durante un periodo largo y con una contribución suficiente”, sino también que tanto Estados como instituciones privadas sean capaces de “desarrollar información adecuada” con la que “asegurar una comunicación efectiva para abordar el problema de la falta de conocimiento financiero del ciudadano”.

Qué información pública está disponible 

Si bien la mencionada ley exigía remitir esta carta a la ciudadanía a partir de 2014 para mayores de 50 años y en 2016 para mayores de 40, el proyecto no solo está actualmente parado, sino que aún no tiene fecha prevista de implantación.

Sin embargo, la Seguridad Social sí ha implementado una medida en este sentido: un simulador ubicado en su web denominado “Autocálculo de la Pensión de Jubilación”, con el que el usuario podrá hacer un cálculo aproximado de la pensión que, en su caso, pudiera corresponderle conforme a los datos que introduzca (edad, fecha teórica de jubilación, períodos cotizados y bases de cotización).

No obstante, las hipótesis que usa el mencionado simulador pueden llevar al usuario y futuro pensionista a una ilusión monetaria, pues este programa no tiene en cuenta que el valor del dinero no es el mismo ahora que en el momento en que el ciudadano perciba su pensión, y en consecuencia no toma conciencia real de la capacidad adquisitiva que tendrá su dinero en el futuro. Además, este simulador no incluye en sus estimaciones muchas de las recientes reformas que estarán vigentes en su totalidad en 2019 y que corregirán las pensiones según la evolución de variables demográficas y económicas.

Cuáles han sido las últimas reformas del sistema público

El sistema público de pensiones en España es un sistema de reparto y, por tanto, fundamentado en la solidaridad intergeneracional y en los principios de sostenibilidad y suficiencia. Sobre esta base, en los años 2011 y 2013 se acometen una serie de necesarias reformas encaminadas a consolidar el principio de sostenibilidad, es decir, a hacer que el sistema público de pensiones sea viable en el futuro con independencia del entorno económico y evolución demográfica que el país experimente.

En concreto, de entre todas las reformas introducidas destacan las siguientes:

  • Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social:
    • Retraso en la edad ordinaria de jubilación progresivamente hasta los 67 años.
    • Aumento del periodo de cómputo para cálculo de base reguladora.
    • Aumento de la escala de cálculo para llegar al 100 % de la base reguladora.
  • La Ley 23/2013, de 23 de diciembre, regula el Factor de Sostenibilidad y el Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social:
    • Factor de sostenibilidad (FS): mitiga los riesgos demográficos en la medida en la que desde 2019 se va a vincular el importe de las pensiones de jubilación a la evolución de la esperanza de vida de los pensionistas.
    • Índice de revalorización de las pensiones (IRP): mitiga los potenciales riesgos económicos derivados de las fases depresivas asociadas a la dinámica de la economía y relevantes para el pago de pensiones.

Cuáles son las consecuencias de estas reformas

Si tomamos como referencia estas reformas y hacemos una proyección sobre las pensiones ahora vigentes considerando un comportamiento futuro moderado de las variables económicas y demográficas básicas que afectan al cálculo de la pensión, obtenemos como resultado que la actual tasa de sustitución pública es del 82 % (una de las más elevadas de la OCDE), es decir, la relación entre la primera pensión recibida y el último salario previo a la jubilación se situará por debajo del 60 % en los próximos 20 años, pues el importe de la pensión actual caerá en torno a un 10 % acumulado cada diez años.

Pese a que todas las proyecciones económicas y financieras realizadas a tan largo plazo están sujetas a un elevado grado de incertidumbre, lo que parece evidente es que, si bien las recientes reformas del sistema público de pensiones tratan de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema en el largo plazo, es decir, que las pensiones públicas se sigan percibiendo indefinidamente, el principio de suficiencia queda en entredicho.

Y es que en un entorno económico y demográfico como el actual, con las recientes reformas parece evidente que los pensionistas irán progresivamente perdiendo poder adquisitivo. De hecho, se estima que un trabajador medio que se jubilara hoy vería el poder adquisitivo de su pensión reducido en una tercera parte hasta su fallecimiento solo como consecuencia de las últimas reformas, y todo sin haber sido plenamente consciente de ello durante su vida activa.

Cómo se adapta la Mutualidad

Tomando como referencia la iniciativa legislativa de informar sobre la pensión esperada, y considerando que puede resultar una herramienta extraordinariamente útil para que cada mutualista pueda adoptar las decisiones oportunas en materia de previsión conforme a sus necesidades, preferencias y disponibilidad de recursos, la Mutualidad ha implementado a tal efecto un simulador en la parte privada de su web e incluye además desde 2018 en su Informe Trimestral la pensión esperada individual y agregada de los diferentes sistemas de ahorro-jubilación (Plan Universal) suscritos con la Mutualidad.

Es importante señalar que la información reportada se refiere siempre a valores esperados y no a valores ciertos ni garantizados, ya que, si bien han sido cuantificados bajo hipótesis de escenarios prudentes, cualquier variación futura de cuotas, gastos o rentabilidad supondría una corrección sobre el valor previamente estimado y reportado.

En concreto, en el Informe Trimestral, además de los movimientos e información habitualmente ya reportados, se ha incluido información acerca de las prestaciones esperadas, conforme a las condiciones previstas en el Plan y a las hipótesis de proyección consideradas. La nueva información es la siguiente:

  • La fecha de vencimiento de cada plan o sistema de previsión contratado y en vigor.
  • El fondo acumulado para cada sistema a la fecha de vencimiento antes referida, estimado conforme al programa de aportaciones, coberturas y bases técnicas actualmente en vigor.
  • La pensión mensual vitalicia estimada calculada a partir del fondo acumulado a la fecha de vencimiento.

Hay que destacar también que las prestaciones estimadas corresponden a valores brutos, es decir, sin aplicar ninguna deducción ni retención de carácter fiscal, y que se informa de los valores de pensión esperada a todos los mutualistas con productos de ahorro-jubilación suscritos salvo para aquellos que ya hayan alcanzado los 70 años de edad o bien cuando el total de la pensión mensual resultante no alcance el importe de 50 €/mes.

Para completar esta información, cualquier otra combinación de aportaciones o de modalidad de percepción de la prestación podrá ser simulada en el área privada de la web de la Mutualidad.

Con esta nueva información, la Mutualidad pretende poner a disposición de los mutualistas una herramienta imprescindible para planificar de forma adecuada su jubilación en la medida en la que ahora conoce su ahorro privado estimado una vez alcanzada la edad de jubilación y que valore si este podría ser o no suficiente para cubrir o complementar sus ingresos en esa etapa vital.

Con las bases técnicas actualmente vigentes, un mutualista que consiga ahorrar 100.000 € obtendría una renta vitalicia mensual de 640 €.

Entendiendo esta renta como proporcional al capital, el mutualista estará en disposición de conocer cuánto capital debería ahorrar para complementar su pensión privada y/o pública conforme a sus necesidades.

Si bien no hay riesgo de que las pensiones no se sigan percibiendo en el futuro, parece evidente que la incorporación del factor de sostenibilidad y el índice de revalorización están llamados a debilitar significativamente el poder adquisitivo de las pensiones tal como ahora las concebimos, resultando imprescindible por tanto que la ciudadanía esté bien informada acerca de cuál va a ser el futuro de sus pensiones públicas y privadas.

Nuevas medidas

Con este propósito, Gobiernos y entidades privadas deberían adoptar medidas para que ciudadanos y asegurados reciban periódicamente información completa y clara que les permita entender cuál es su expectativa futura de pensión, y ser así capaces de adoptar decisiones para planificar su jubilación con suficiente margen de tiempo. La experiencia de otros países demuestra que esta es la mejor forma para que los ciudadanos sean conscientes de la posible diferencia entre su último salario y su previsible pensión en el momento de la jubilación, actuando en consecuencia y comenzando a ahorrar de manera sistemática desde jóvenes.

Concienciada de esta realidad, y pensando que se trata de un ejercicio de transparencia hacia sus mutualistas, la Mutualidad no solo se anticipa al Estado y a otras entidades privadas enviando la pensión esperada de forma trimestral a sus mutualistas, sino que en un entorno en el que el ahorro privado de los españoles se acerca a mínimos históricos trata de generar conciencia entre sus mutualistas de que ahorrar para la jubilación requiere un compromiso individual y sostenido en el largo plazo.

¡Únete a la comunidad de personas que ya están definiendo su futuro!



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