Por Raúl Alonso
Los requisitos de acceso a la jubilación en España se encuentran en un proceso de acomodación gradual a la Ley 27/2011, lo que en la práctica supone ligeros ajustes de cálculo cada año. Los letrados que quieran acceder al cien por cien de su pensión pública en 2021 deben prestar atención a dos factores:
- Edad legal y número de años cotizados para tener derecho a la pensión
- Haber cumplido los 66 años, dos meses más que quienes la solicitaron en 2020, y haber cotizado un mínimo de 36 años.
- Haber cumplido los 65 años y haber cotizado 37 años y tres meses, o más.
En el caso de quienes tienen pensado solicitar la pensión contributiva deben haber cotizado un mínimo de 15 años.
- Número de meses computados para calcular la pensión
En 2021 es necesario computar 24 años, uno más que en 2020. El objetivo de los 25 años que la Ley de 2012 marcó se alcanzará el próximo año, sin embargo, es probable que este periodo de transición pudiera verse alargado progresivamente de nuevo hasta los 35 años, al menos así lo quiere el actual Gobierno. Recordamos que, con anterioridad a la ley de 2012, el cálculo se fijaba en 15 años.
¿Cómo se calcula la pensión por jubilación?
Un total de 8,9 millones de jubilados cobraron en España una pensión media de 1.182 euros el pasado mes de enero, según el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, pero ¿cómo se calcula una pensión por jubilación? El camino más rápido y sencillo es acudir a la sede electrónica de la Seguridad Social, donde se ofrece un simulador de jubilación. Para entender la matemática del cálculo, hay que tener en cuenta la suma de las bases de cotización, el cálculo de la base reguladora y la aplicación de coeficientes de años cotizados:
Suma de las bases de cotización.
Las bases de cotización figuran de modo destacado en la nómina del trabajador, pero hacerse con las correspondientes a toda una vida laboral puede resultar muy laborioso. La vía directa es solicitar el Informe de bases de cotización que facilita la Seguridad Social, incluido el régimen del RETA.
En este cálculo hay que tener en cuenta que los valores de los últimos 24 meses se tomarán tal cual figuran en la nómina, sin embargo, las bases de los 22 años anteriores se deben actualizar de acuerdo a la evolución del IPC.
Como la cuantía de la prestación se calcula en función a un porcentaje de la base reguladora mensual, hay que multiplicar la base de cotización del trabajador por 288. Esta cifra es la resultante de multiplicar los 24 años de cálculo de pensión en 2021 por los doce meses del año.
Un ejemplo sencillo, pero que permite entender el cálculo para 2021:
- 000 euros al mes de base de cotización una vez corregida la inflación.
- 24 años computables de vida laboral (288 meses).
Resultado suma bases de cotización: 1.000 x 288 = 288.000 euros
Cálculo de la base reguladora
La cantidad resultante se debe dividir por 336, en este caso el divisor son las pagas ordinarias y extraordinarias abonadas durante los citados 24 años.
Siguiendo el ejemplo:
- 000 de base reguladora
- 336 pagas mensuales y extras de 24 años
Resultado cálculo base reguladora: 288.000 : 336 = 857,14 euros
Aplicar coeficiente de años cotizados
Hecho el cálculo, se deben aplicar los coeficientes de ajuste establecidos, que fluctúan según el número de años cotizados. Como se ha señalado, en 2021 para percibir el 100% de la jubilación se debe haber cotizado 36 años y contar con 66 años, también pueden acceder los abogados que con 65 años cuenten con una cotización de 37 años y tres meses.
Ejemplo. Quienes cumplan con los requisitos, una vez aplicada la subida del 0,9%
de subida de las pensiones para 2021, las cantidades quedan del siguiente modo:
- 707,49 euros al mes de pensión de jubilación máxima en 14 pagas (37.904,86 euros anuales).
- 851 euros al mes de pensión mínima al mes por las mismas 14 pagas para los jubilados de 65 años con cónyuges a su cargo. Cuando el cónyuge no es a cargo es de 689,7 euros al mes y de 654,6 para una unidad familiar unipersonal.
- 797,9 euros al mes para la pensión de quienes se jubilan antes de los 65 años.
Los profesionales que han sumado algún producto de previsión pueden sumar cantidades adicionales según las condiciones de su póliza, teniendo en cuenta que permiten el rescate en un único pago o de forma fraccionada.
Quienes cuenten con un periodo de cotización inferior deben realizar otro cálculo, siempre partiendo de la suma de la base de cotización por años, desde los 15 mínimos exigidos a los 36. En 2021 este cálculo es:
- Los primeros 15 años aplican un coeficiente del 50%.
- A partir del año 16 (decimosexto) aplica un coeficiente del 50 + 0,21% por cada mes adicional entre los meses 1 y 106 y partir del 146 y restante del 0,19%. Este cálculo no podrá superar nunca el 100% de la base reguladora salvo en el caso de que el abogado acceda a su pensión con una edad superior a la establecida en ese momento. En el supuesto de que el resultado fuera inferior al de la pensión mínima, la cantidad sería igualada a su importe.