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16 marzo 2022

Conoce las ventajas fiscales en la Renta 2021

A partir del próximo 6 de abril, todos los contribuyentes deberán cumplir con el trámite de la Renta. Resumimos todas las desgravaciones para que solo pagues lo justo.

El calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria tiene marcado en rojo el próximo 6 de abril, cuando se abre la presentación por internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2021. Aquí tienes las principales desgravaciones que puedes aplicar en la próxima declaración de la Renta.

 

¿Tengo que presentarla?

No tienen que presentar la declaración de la Renta quienes tienen unos ingresos menores de 22.000 euros anuales de un solo pagador. Esta cifra es de 14.000 euros para quienes tienen dos o más pagadores.

No tener la obligación no significa que no se pueda presentar el impuesto, ya que el contribuyente puede estar sujeto a devoluciones, por ejemplo, por las retenciones en nómina. En consecuencia, el consejo es revisar siempre el borrador.

 

Reducción según los ingresos

Se habilita una reducción de 5.565 euros anuales para quienes ingresan menos de 13.115 euros y una cantidad proporcional para las rentas entre 13.115 y 16.825 euros. Para beneficiarse es imprescindible que el contribuyente no perciba rentas diferentes a las de trabajo por un importe superior a 6.500 euros (excluidas las exentas).

 

Las deducciones del autónomo

Hay que recordar que los gastos deducibles del autónomo siempre deben ser “afectos” a su actividad económica, estar convenientemente justificados y registrados contablemente. Quien desarrolla su actividad en la vivienda habitual, puede desgravar parte de las facturas de consumo energético.

Otros gastos deducibles, en este caso sin exigirse factura, son: pólizas de seguros, salarios y seguros sociales, cuota de autónomos, gastos bancarios, gastos de contratos mercantiles (traspasos de locales, fianzas de alquileres o escrituras de la constitución de una sociedad) e impuestos y tasas municipales (IBI, basura…).

Los autónomos también tienen derecho a deducirse el 20% en el primer y segundo año en que tengan beneficios, siempre que declaren unos rendimientos netos inferiores a 100.000 euros y no haber ingresado más del 50% de una misma empresa o persona.

 

Modificaciones para los planes de pensiones

Es una de las deducciones con más cambios en la Renta de 2021 y 2022. En la actual campaña, el límite para los planes individuales pasó a 2.000 euros, mientras que subió a 8.000 para los planes de empresa. Ambas aportaciones son compatibles hasta el máximo de 10.000 euros. En 2022, estas cifras serán, respectivamente, de 1.500 y 8.500

En la práctica esto supone que para 2021 la desgravación del contribuyente será la menor entre las siguientes cantidades: 2.000 euros o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente. En caso de que se supere el límite de desgravación, existe la posibilidad de trasladar el exceso a la declaración del IRPF de los cinco ejercicios siguientes.

Otra novedad es la posibilidad de contribuir hasta en 1.000 euros anuales al plan de pensiones del cónyuge, si éste no obtiene rentas del trabajo y/o actividades económicas superiores a 8.000 euros.

 

Contratos, donaciones o pactos sucesorios de la herencia

Una de las novedades tributarias introducida por la Ley 11/2021 de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, alude a la adjudicación de la herencia en vida, o como figura en el BOE: las transmisiones de bienes a título lucrativo derivadas de contratos o pactos sucesorios con efectos presentes.

Las comunidades que tienen regulados estos pactos sucesorios son Aragón, Baleares, Cataluña y Galicia, y con la nueva medida se equipara las condiciones fiscales de la venta del inmueble  heredado en vida al resto de autonomías.

Así, desde el 11 de julio de 2021, “las adquisiciones lucrativas por causa de muerte derivadas de contratos o pactos sucesorios con efectos de presente, el beneficiario de los mismos que transmita antes de cinco años desde la celebración del pacto o del fallecimiento del causante, si fuese anterior, los bienes adquiridos, se subrogará en la posición de este, respecto al valor y fecha de adquisición de aquellos, cuando este valor fuera inferior al que resulte de la aplicación de las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones”.

De la farragosa redacción administrativa se deducen importantes cambios. La Administración quiere corregir el hecho de que la venta de estos inmuebles se pueda producir con importantes ventajas fiscales para quien lo recibió como herencia en vida. Esto sucede porque en el caso de venta, el cálculo de la ganancia patrimonial tendría la misma fecha que si la hubieran vendido los padres, lo que normalmente significa un elevado incremento patrimonial del heredero, pero evitando la tributación.

Pero ahora, si el contribuyente que ha recibido un inmueble entregado en vida por sus padres en aplicación al pacto sucesorio (y que normalmente no ha asumido el pago tributario por donación o sucesión), lo vende antes de los cinco años o del fallecimiento de los padres, deberá tributar con fecha y valor del momento en que los recibió, reduciendo el atractivo fiscal del que disfrutaban en las citadas comunidades.

 

Hasta 60.000 euros para inversiones ‘startup’

Otra de las novedades de este año son estas deducciones para business angels en empresas de nueva creación. Las inversiones que cumplan con las condiciones estipuladas, pueden desgravar hasta el 30% con un límite de 60.000 euros.

 

¿La vivienda en propiedad es deducible?

Para desgravarse la vivienda por adquisición (hipoteca) o reforma de la casa ha tenido que ser adquirida antes del 1 de enero de 2013. Todas las compras posteriores no pueden beneficiarse de la medida.

Las bonificaciones por vivienda adquirida antes de 2013, tienen una cuantía máxima de 1.356 euros. Se calcula aplicando el 15% a la suma de los pagos anuales de hipoteca, cantidad que no puede ser superior a los 9.040 euros.

 

¿El alquiler de vivienda habitual es deducible?

Para desgravarse la vivienda por adquisición (hipoteca) o reforma de la casa ha tenido que ser adquirida antes del 1 de enero de 2013. Todas las compras posteriores no pueden beneficiarse de la medida.

Las bonificaciones por vivienda adquirida antes de 2013 tienen una cuantía máxima de 1.356 euros. Se calcula aplicando el 15% a la suma de los pagos anuales de hipoteca, cantidad que no puede ser superior a los 9.040 euros.

 

¿El alquiler de vivienda habitual es deducible?

La deducción estatal se aplica a los inquilinos con contrato de antes de 1 de enero de 2015, ya que este tramo se suprimió para los alquileres posteriores. La desgravación es del 10,05% de la renta de alquiler, siempre que la base imponible sea inferior a 24.107,20 euros, tanto en la tributación individual como en la conjunta.

El tramo autonómico sigue vigente, aunque con diferencias tanto para inquilinos como propietarios. Murcia, Ceuta y Melilla son los únicos territorios que no contemplan ayudas para ninguno de los dos.

 

Deducciones por obras de eficiencia energética

  • Dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, establece tres nuevas deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética.
    • Obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración. La deducción es de hasta el 20% con un máximo de 5.000 euros para vivienda habitual, o cualquier otra de su titularidad que tuviera arrendada para su uso como vivienda o en expectativa de alquiler.
    • Mejora en consumo de energía primaria no renovable. En este caso la bonificación es del 40% hasta los 7.500 euros, para obras que al menos reduzcan en el 30% el indicador de consumo de energía o consigan una calificación energética de la vivienda de clase A o B.

 

  • Deducción de obras de rehabilitación energética. En este caso el porcentaje de deducción es del 60% para “viviendas propiedad del contribuyente ubicadas en edificios de uso predominante residencial y plazas de garaje y trasteros adquiridos con estas”. Como en la anterior, las mejoras deben ahorrar al menos el 30% o merecer calificación A o B.

 

2.200 euros por maternidad y otras bonificaciones por familia

Para disfrutar de esta deducción es imprescindible demostrar gastos de guardería u otros autorizados en centros de educación infantil hasta los tres años. Hay que recordar que los ingresos por prestaciones de maternidad y paternidad de 2021 están exentos.

Las ayudas a las familias numerosas son de 600 euros anuales por cada hijo a partir del cuarto para la categoría general, o del sexto para la categoría especial. Las monoparentales con dos hijos pueden beneficiarse de deducciones mayores en la Renta 2021.

También existen deducciones por descendiente y ascendiente con discapacidad, y de 1.200 euros al año por cónyuge con discapacidad.

 

 

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