El ahorro medio es de unos 3.000 euros. Y como mutualista, no dejes pasar esta oportunidad para incrementar tus aportaciones al Sistema de Previsión Profesional y Planes de Previsión Asegurados (PPA) para beneficiarte de sus beneficios fiscales. ¡Tienes hasta el 31 de diciembre!
Incrementar las aportaciones a los planes de pensiones y de previsión social, aplicar las deducciones por vivienda, compensar las pérdidas con las ganancias patrimoniales, planificar la venta de acciones o financiar el emprendimiento son algunas de las 10 propuestas que Gestha recomienda llevar a cabo antes de que finalice el año para abaratar la factura fiscal de 2021. Para los técnicos de Hacienda, “las mayores ventajas fiscales benefician a los contribuyentes con mayores sueldos y patrimonios (ver gráfico). De esta manera, mientras que las personas con ingresos superiores a los 600.000 euros al año podrán abaratar su factura fiscal hasta los 72.733 euros, para las personas con rendimientos anuales inferiores a los 21.000 euros las ventajas fiscales no llegan a los 1.390 euros”. Entre ambos extremos el ahorro fiscal medio es de 2.983 euros.
1. Incrementa tu aportación al Sistema de Previsión Profesional o Planes de Previsión Asegurados (PPA) de Mutualidad de la Abogacía para reducir hasta 2.000 euros de la base imponible
Como sabrás, la aportación máxima deducible a planes de pensiones y planes individuales –como los PPA y Plan Profesional de Mutualidad de la Abogacía– ha pasado de 8.000 euros anuales, en la declaración de la renta de 2020, a 2.000 euros en la de 2021, una cifra que, aunque menor este año, puedes reducir de la base imponible del IRPF, con el límite del 30% de los rendimientos del trabajo o actividad profesional. Los técnicos del Ministerio de Hacienda recomiendan hacerlo ya, “anticipándote a la bajada del límite a 1.500 euros”, prevista en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022.
2. Aplica la deducción por compra y renovación de la vivienda
Si eres de los que ha comprado una vivienda habitual o realizado algún pago para su construcción antes del 1 de enero 2013, seguirás disfrutando de la deducción de hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de 9.040 euros. Hasta ahí nada nuevo. Aunque desde Gestha aconsejan que, “teniendo en cuenta este techo (9.040 euros), puede resultar interesante realizar un pago adicional –de 4.840 euros de media– para amortizar la hipoteca antes de que finalice el año para reducir la factura fiscal en 726 euros”.
También nos recuerdan tener en cuenta las nuevas deducciones autonómicas: 10% en vivienda habitual en zonas rurales en riesgo de despoblación en Asturias; 15% de la inversión en vivienda habitual en proyectos de aldeas modelo en Galicia; 40% en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica o aprovechamiento de determinadas fuentes de energía renovables en vivienda habitual o segunda residencia particular en la Comunidad Valenciana; del 15 al 25% por residencia habitual en zonas rurales, del 15% por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales, o de 500 euros por traslado de vivienda habitual a un municipio de en zonas escasamente pobladas en Castilla-La Mancha.
3. Neutraliza la tributación de las ganancias de la venta de una vivienda habitual
¿Has vendido tu casa este año? Si es así, en tu próxima declaración de la renta deberás declarar las ganancias obtenidas que, en función de la cuantía, tributarán entre el 19% y el nuevo tipo del 26% –en vigor en 2021– para rentas de ahorro y ganancias superiores a 200.000 euros. ¿Cómo neutralizar este pago?: “Reinvirtiendo total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual”.
4. Aprovecha la ventaja (fiscal) de ser mayor de 65 años
Ser mayor de 65 años también tiene ventajas, ya que estos contribuyentes están exentos de declarar las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual o de cualquier bien, hasta un límite máximo de 240.000 euros; eso sí, “siempre que con el importe total se constituya una renta vitalicia asegurada en un plazo de seis meses”, detalla Gestha.
5. Compensa las pérdidas con ganancias
“La bolsa es un casino”. La frase se le atribuye a Charlie Munger, vicepresidente de Berkshire Hathaway y mano derecha de Warren Buffett, para quien la bolsa es un juego de ganancias y pérdidas marcado por la alta volatilidad de los mercados. En este sentido, Gestha recomienda a los inversores, antes de que acabe el año, “hacer cuentas y compensar las pérdidas generadas en un fondo de inversión, acciones o derivados financieros con las ganancias patrimoniales obtenidas”. De la misma manera, “es posible compensar rendimientos de capital mobiliario negativos o positivos con ganancias y pérdidas patrimoniales con el límite del 25% del saldo positivo”. Por tanto, para los técnicos de Hacienda, “si hubiese un rendimiento de capital mobiliario positivo sería recomendable, salvo en el País Vasco, materializar las pérdidas en venta de acciones y otros productos patrimoniales. Y si hubiera ganancias patrimoniales, compensarlas con rendimientos negativos de capital mobiliario”.
Estimación del ahorro adicional medio por tramos de ingresos
6. Planifica la venta de acciones
La reducción de rendimientos de trabajo en la próxima declaración de la renta puede llegar hasta los 5.565 euros para los contribuyentes cuyos rendimientos netos del trabajo sean inferiores a 16.825 euros. Pero para disfrutar de esa reducción –recuerdan los técnicos de Hacienda–, no tiene que haber rentas de otro tipo superiores a 6.500 euros, como por ejemplo ganancias patrimoniales por venta de acciones o rentas por alquileres de inmuebles. También, añaden, las ventas de acciones “pueden obligar a declarar a muchos contribuyentes que no tendrían obligación de declarar que tienen solo rendimientos de trabajo de menos de 14.000 euros con varios pagadores, o hasta 22.000 euros con un solo pagador o si los otros pagadores no llegan a 1.500 euros en total”.
7. Exención de hasta 60.100 euros para los trabajos en el extranjero
¿Sabías que si eres un abogado o despacho legal y has realizado trabajos para empresas radicadas en el extranjero los rendimientos obtenidos están exentos de tributación, con un límite máximo de 60.100 euros anuales? No obstante, Gestha aclara que se podrá aplicar esta deducción “siempre y cuando en el territorio en el que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la del IRPF y no se trate de un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. Además, esta exención sólo está destinada a desplazamientos temporales, ya que si el contribuyente es residente de otro país ya no tributaría en España”.
8. Bonificación del 100% de las donaciones a La Palma…
Una de las novedades de la próxima declaración de la renta es la bonificación del 100%, por parte del Gobierno canario, de las donaciones en metálico a quienes hayan perdido sus viviendas por la lava del volcán de La Palma, dinero que debe estar destinado a la construcción de otro inmueble en la isla. Por otro lado, los técnicos de Hacienda recomiendan, para todas las donaciones a entidades solidarias, “solicitar el certificado con los datos identificativos, fecha e importe donado a entidades solidarias, para aprovechar el aumento de la deducción por donativos, que aprobó el Gobierno en 2020, de hasta el 80% de los primeros 150 euros donados y el 35% del resto donado, que aumentó al 40% si la cantidad donada a la misma ONG no disminuye en cada uno de los tres últimos años, con el límite el 10% de la base liquidable”.
9. Desgrávate las cuotas de afiliación a colegios profesionales, sindicatos y partidos políticos
Aprovecha la deducción del 20% de las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos, con un límite máximo de 600 euros. También puedes deducirte de los rendimientos de trabajo las cuotas sindicales y de colegios profesionales –con un límite de 500 euros–, así como “los gastos de defensa jurídica de litigios en la relación laboral con el límite de 300 euros anuales”.
10. Incentivos para los ‘ángeles’ de los emprendedores
Financiar el emprendimiento tiene ‘recompensa’ en la próxima declaración de la renta. Los amigos y familiares de tercer grado del emprendedor, así como el cónyuge y familiares hasta el segundo grado, puede deducirse el 30% la inversión en la compra de acciones o participaciones de la sociedad en la cuota estatal del IRPF. “La base máxima de la deducción es de 60.000 euros anuales, limitada a una participación, y nunca superior al 40% del capital de la entidad, cuyos fondos propios tampoco podrán superar los 400.000 euros al inicio del período de la entidad en que el inversor adquiera las acciones”, explica Gestha. También está exenta de tributación la plusvalía al salir de la sociedad, siempre que se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.
Financiar una empresa reciente, según datos de Gestha, permite deducir 1.274 euros de media, “la deducción más potente del IRPF”, aunque también señalan que se precisa invertir otros 4.246 euros.